Cargo de director suplente
Los requisitos establecidos son:
- Título Docente para Nivel Superior.
- Acreditar situación de Revista de Titular (con acto Administrativo correspondiente).
- Certificación de servicios actualizada a la fecha (donde conste antigüedad y situación de revista).
- Declaración Jurada de cargos (detallando la totalidad de Instituciones en las que presta servicios y/o está afectado, y que avale la pertenencia al Instituto).
- Acreditar 10 años de antigüedad el Nivel Medio y/o Superior de los cuales 5 años correspondan al Nivel Superior.
- Certificación negativa expedida por ANSES.
- No poseer beneficio jubilatorio o haber iniciado tramite, ni encontrarse en condiciones de acceder al beneficio.
- No poseer sanciones disciplinarias.
- Revistar ejercicio efectivo 2 años anteriores a la convocatoria. No poseer cambio de funciones cualesquiera sea la causa, dentro o fuera del ámbito de Educación ni alejado de la función docente.
- Conceptos, no inferior a Muy Bueno, de los dos últimos años anteriores a la convocatoria.
- Examen psicofísico, otorgado por Organismo Oficial.
- Los antecedentes que se valorarán serán solos los referidos a Gestión de las Instituciones del Nivel.
- Fotocopia de DNI y Certificado de domicilio que acredite dos años de residencia en la provincia.
- Todos los antecedentes y títulos que quieran agregar debidamente autenticados por Juez de Paz Lego, Escribano Público y/o Supervisor de Nivel de la Zona.
CONVOCATORIA
- Debe efectuarse a los docentes titulares, con título docente para Nivel Superior y que se desempeñen en ISFD…………………………………al momento de la convocatoria.
- La convocatoria deberá efectuarse por Circular Interna, debiendo también ser publicada en los medios de comunicación de la zona, en la cual se especificará lugar, fecha y hora de la recepción de la inscripción, por el término de 48 hs.
- Una vez efectuada la convocatoria el aspirante tendrá 05 (cinco) días hábiles para que puedan reunir los requisitos exigidos.
INSCRIPCIÓN
- La Inscripción se realiza en la Institución y debe asignarse 48 horas para la recepción de legajos